Dictamen Impactante de Sunafil: Nuevo Enfoque en la Responsabilidad Laboral
En un giro sorprendente, la balanza de la justicia administrativa se inclinó a favor de los empleadores en cuanto a la imputación de responsabilidad por accidentes laborales durante sus actividades productivas. El Tribunal Sunafil emitió un pronunciamiento inesperado que dejó perplejos a los críticos, desafiando los criterios rígidos previamente adoptados tanto en el ámbito administrativo como judicial.
Actualmente, persiste la controvertida idea de que, incluso si los empleadores demuestran haber agotado todos los esfuerzos para salvaguardar la vida y la salud de sus trabajadores bajo el exigente principio de prevención, siempre serán responsables de cualquier accidente laboral, según los jueces laborales basándose en un pronunciamiento de la Corte Suprema.
Sin embargo, este paradigma llegó a su fin, según lo dispuesto por el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) en la Resolución 1011-2023-Sunafil/TFL-Primera Sala. Esta resolución precisa que, para imputar responsabilidad al empleador por incumplimiento de su deber de prevención, se requerirá la acreditación de que la causa determinante del daño es consecuencia directa de la labor desempeñada por el trabajador y del incumplimiento de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) por parte del empleador.
Es esencial analizar si la labor desempeñada por el trabajador fue la causa directa del daño y si dicho daño se debe a alguna omisión del empleador en materia de SST. Destacando aún más la relevancia de este cambio, el Tribunal resalta el caso del Supervisor de Operaciones, la figura que establece procedimientos, fija controles y supervisa su cumplimiento.
Aunque es responsabilidad del empleador garantizar la seguridad y salud en el trabajo, este pronunciamiento subraya que esta garantía no implica prever automáticamente actos inseguros del trabajador. La culpa y la responsabilidad no deben atribuirse de forma automática al empleador, sino después de un análisis detallado de cada caso.
El Tribunal insta a los inspectores laborales a realizar una evaluación cuidadosa del nexo causal entre las conductas atribuidas al empleador y los accidentes laborales. Este cambio de paradigma es significativo, apartándose del precedente obligatorio y enfatizando que el empleador no siempre será responsable si demuestra haber actuado diligentemente.
A pesar de este avance, se anticipa un debate continuo sobre los criterios rígidos adoptados en sede judicial respecto a la responsabilidad frente a accidentes laborales. La suerte de este pronunciamiento estará sujeta al escrutinio judicial y, de ser ratificado, representará un paso crucial en un tema sin consenso uniforme.
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